Fotografía: La activista en una de sus campañas. Archivo Gloria López, cedida por Yolanda Domínguez.
El pasado 3 de junio, el Tribunal Supremo resolvía el recurso de casación del youtuber Sergio Candanedo, conocido como Un Tío Blanco Hetero (UTBH) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que daba la razón a la comunicadora feminista Yolanda Domínguez (@yodominguez), respecto a la legitimidad de sus tuits críticos de 2019 con la Universidad Europea Miguel de Cervantes por haber invitado a ese youtuber a una mesa redonda sobre feminismos. La sentencia da la razón a Yolanda Domínguez y da algunas claves importantes sobre la violencia digital que se ejerce especialmente contra las mujeres. Es una victoria conjunta con consecuencias importantes.
La activista demandada, que ha sido defendida por la abogada Laia Serra Perelló (@Laia_Serra_), publicó en julio de 2019, en su cuenta de la red social Twitter (ahora X), mensajes para «denunciar públicamente que instituciones universitarias organicen mesas redondas para hablar de feminismo invitando a trols como ‘Un tío blanco hetero’ que es machista y violento con las mujeres». Y por ello fue denunciada por el youtuber, comenzando un proceso legal que ha durado cinco años.
“Mantiene una conducta de agresividad gestual y verbal contra mujeres del movimiento feminista y permite que en su canal de Youtube se publiquen comentarios insultantes e incluso amenazadores contra esas mujeres” y por lo tanto la expresión “violento contra las mujeres” es adecuada (cuenta con una “base fáctica suficiente”) para referirse al youtuber Sergio Candanedo, el nombre tras Un Tío Blanco Hetero, en el contexto en el que lo hizo la activista feminista Yolanda Domínguez en noviembre de 2019.
Se abre una nueva etapa en las violencias digitales: todas podemos pedirles responsabilidades
Otro elemento sustancial de la sentencia es el de considerar responsable al youtuber por los comentarios publicados por sus seguidores, al no haberlos eliminado de su canal de YouTube. La sentencia le recuerda que las plataformas poseen herramientas para borrar y censurar estos delitos en forma de comentarios y que no hacerlo podría llegar a considerarse como un ejercicio de violencia.
Fotografía: Logotipo sobre violencia digital.
Con esta resolución, el Tribunal Supremo pone límite al procedimiento habitual utilizado por los creadores de contenidos discriminatorios de todo tipo, en YouTube, TikTok o Instagram. Estos youtubers publican sus vídeos y mensajes, con los que señalan a quienes no comparten su ideología y vuelcan sus códigos, buscando que ello genere un “efecto llamada” en sus seguidores, que engordarán las barbaridades y promoverán auténticos linchamientos digitales. Recordemos que en más casos de los que se reconoce, esta violencia digital es una condición previa para que algunos pasen a la violencia física.
Estas violencias digitales apuntan especialmente a las mujeres que luchan por sus derechos, a las activistas y comunicadoras feministas, y a todas aquellas que cuestionan privilegios masculinos. A partir del posicionamiento del Tribunal Supremo, que subraya esa responsabilidad en el caso de un youtuber machista, todas las vilipendiadas por las violencias digitales podrán exigir legalmente que los promotores de las cadenas de insultos y agresiones pongan freno a sus seguidores cuando actúan como altavoces.
Fotografía: Imagen de la sentencia publicada por Yolanda Domínguez en X.